ADEI nace bajo la idea de agrupar a empresas de asistencia y educación infantil, con el objetivo de impulsar y mejorar las condiciones de este sector. Pertenecer a esta asociación te permitirá enfrentarte a los desafíos de la situación actual sabiendo que tienes el respaldo de un grupo que comparte los mismos intereses y aspiraciones que tú.
En el momento económico y social en el que nos encontramos, los cambios en materia laboral y en la normativa que regula la gestión de los centros infantiles son constantes y mantenerse actualizado exige un gran esfuerzo. En ADEI facilitaremos toda la información y asesoramiento necesarios para proteger los intereses profesionales de las empresas de este sector.
Hemos nacido con el objetivo de servir de portavoces frente a la Administración Pública de las empresas de asistencia y educación infantil. Pertenecer a ADEI te permitirá tener más fuerza a la hora de relacionarte con los organismos públicos y conseguir la mejor información y un óptimo posicionamiento.
Ponemos a disposición de los asociados un gabinete jurídico que responderá a todas las cuestiones de tipo general, relacionadas con la actividad de sus centros de educación infantil, así como a todo lo relativo a la normativa laboral y al convenio colectivo.
Entre otras podemos destacar a:
ADEI ha promovido la modificación del art. 26 del Convenio Colectivo de ámbito estatal de asistencia y educación infantil que, en virtud de Resolución de 8 de junio de 2015, de la Dirección General de Empleo, queda redactado como sigue:
Artículo 26. Sucesión de empresas.
2.Para las empresas privadas que gestionan centros de titularidad pública, en los supuestos en los que se produzca la adjudicación de la concesión a una nueva empresa, por finalización de la concesión y concurso posterior, rescate del servicio por la entidad titular o cualquier otra modificación en el sistema de gestión del servicio, se estará ante un supuesto de subrogación de todos los derechos y obligaciones de los trabajadores con contrato en vigor y antigüedad mínima de tres meses en la empresa saliente, que se regirá por el artículo 44 del texto refundido de la ley del Estatuto de los Trabajadores.
Por acuerdo unánime de patronales y sindicatos, la comisión paritaria del citado convenio, reconoce la subrogación del personal (con contrato en vigor y antigüedad mínima de tres meses en la empresa saliente), en situaciones de rescate del servicio por entidades locales y gestión municipal.
ADEI HA IMPUGNADO ANTE EL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE VALENCIA la Orden 7/2015, de 7 de septiembre de 2015, de la Consellería de Educación, Investigación, Cultura y Deporte de la Comunidad Valenciana por el perjuicio que genera a nuestros centros.